El gobierno nacional, desde el año 1997, aprobó la Ley de Cultura, o Ley 1997, durante el gobierno del Dr. Ernesto Samper Pizano, pero no ha sido publicada a los cuatro vientos, especialmente, los articulos dónde se habla de la seguridad social, profesionalización y pensión vitalicia. Estos item de dicha Ley, no han sido divulgados ampliamente por el Estado, ni las instituciones afines a los artistas según sea su línea. Quiero manifestarle a todos los artistas de Colombia, que cuentan conmigo para orientarlos en este menester. Desde este momento, todas las puertas están abiertas para colaborarles en todo lo pertinente desde Bogotá. A continuación cuelgo la lista de requisitos para obtener la tan anhelada tarjeta profesional de artista:
1. Tener mínimo 5 años de trayectoria artística.
2. Certificado diligenciado del MEN, en una sola línea artística.
3. Certificación expedida por una entidad del Estado, donde se le reconozca como artista ( Alcaldías o Gobernaciones ).
4. Hoja de Vida Artística, elaborada cronológicamente, hasta la actualidad.
5. Fotocopia del documento de identidad- dos lados-.
6. Evidencias del trabajo Artistico realizado: Fotocopias de caratulas, notas periodisticas, de fotos en acción, de estudios realizados, homenajes, invitaciones, etc.
7. 1 Certificado médico
8. 3 fotos 3 x 4.
Favor, contactarse al email: aracataca16@hotmail.com, de igual manera, podrán comunicarse personalmente, con el Maestro Alfonso Berrio Acosta, al celular: 3015217594, donde se les ampliará con mejores detalles sobre este importante documento, para ser reconocido por el Estado colombiano, y poder acceder a los beneficios que él otorga.
Agradecemos, socializar la información con todos los artistas posibles que cumplan los requisitos para diligenciarla.
Fraternalmente,
Alfonso Berrio Acosta
lunes, 28 de noviembre de 2011
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